Artículo 1594 de Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358
Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358 · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1594.- La falta de alguno de los elementos del negocio jurídico, producirá las consecuencias que se establezcan en cada caso.
De la capacidad negocial
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.