Código Civil estatal

Artículo 1605 de Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358

Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358 · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1605.- Si el proponente se ha comprometido a esperar contestación, sin fijar plazo, deberá esperar tres días, si a quien hace la oferta vive en el Estado y cinco días si vive en otro Estado. Pasado ese término, el proponente no seguirá obligado por su oferta.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1605 de Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358?

Si el proponente se ha comprometido a esperar contestación, sin fijar plazo, deberá esperar tres días, si a quien hace la oferta vive en el Estado y cinco días si vive en otro Estado. Pasado ese término, el proponente…

¿Está vigente el artículo 1605?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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