Artículo 1624 de Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358
Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358 · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1624.- El hecho positivo o negativo, objeto del negocio, debe ser:
I. Posible; y II. Lícito.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.