Artículo 1627 de Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358
Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358 · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1627.- El fin o motivo determinante de la voluntad de las partes, tampoco debe ser contrario a las leyes de orden público ni a las buenas costumbres.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.