Artículo 1633 de Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358
Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358 · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1633.- Cuando la forma exigida por la ley no sea requisito esencial de validez, sino, por ejemplo, requisito de prueba, el acto o negocio será formal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.