Artículo 1704 de Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358
Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358 · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1704.- No se considerarán como obligaciones nacidas de un enriquecimiento sin causa las que tengan su origen en un reconocimiento o en una promesa de extracto de deuda, o que sean obligaciones naturales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.