Artículo 1711 de Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358
Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358 · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1711.- El que de mala fe reciba capitales, deberá reintegrarlos con sus intereses desde el día en que los recibió. Si los recibió de buena fe, reintegrará la suma, y los intereses sólo en la medida en que a su vez los hubiere percibido.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.