Artículo 1996 de Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358
Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358 · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1996.- Será nula la renuncia anticipada a los términos, beneficios y formalidades necesarias para caer en mora.
Capítulo III Del cumplimiento coactivo de la obligación
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.