Artículo 2155 de Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358
Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358 · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2155.- El negocio nulo o anulado podrá convertirse en un negocio válido, de tipo o contenido diferente, cuando el fin perseguido por las partes permita suponer que así lo habrían formulado, si hubiesen previsto la invalidez.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.