Artículo 2462 de Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358
Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358 · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2462.- El secuestro convencional será un contrato por virtud del cual los litigantes depositen el bien litigioso en poder de un tercero que se obligue a entregarlo, concluido el juicio, a quien tenga derecho a él conforme a la sentencia, o laudo arbitral que en su caso se pronuncie.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.