Artículo 2831 de Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358
Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358 · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2831.- El documento constitutivo de la sociedad deberá contener:
I. Los nombres y apellidos de los otorgantes, quienes deberán ser capaces de obligarse;
II. La razón social, después de la cual se agregarán las palabras Sociedad Civil o las iniciales S. C.;
III. Domicilio de la sociedad;
IV. El objeto de la sociedad;
V. La aportación de cada socio y el importe del capital social;
VI. La forma de administración de la sociedad y de nombramiento de los representantes;
VII. La forma de distribución de utilidades; y VIII. La forma de liquidación de la sociedad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.