Código Civil estatal

Artículo 2897 de Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358

Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358 · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2897.- Cuando se trate de errores de concepto los asientos practicados en los folios del Registro Público sólo podrán rectificarse con el consentimiento de todos los interesados, en el asiento.

A falta de consentimiento unánime de los interesados, la rectificación sólo podrá efectuarse por resolución judicial.

Cuando el registrador se oponga a la rectificación se observará lo que para el caso establece el reglamento del Registro Público.

En el caso previsto por el artículo 2885, el que solicite la rectificación deberá acompañar a la solicitud que presente al registro, los documentos con los que compruebe el régimen matrimonial.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2897 de Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358?

Cuando se trate de errores de concepto los asientos practicados en los folios del Registro Público sólo podrán rectificarse con el consentimiento de todos los interesados, en el asiento. A falta de consentimiento…

¿Está vigente el artículo 2897?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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