Artículo 704 de Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358
Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero Número 358 · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 704.- Cuando varias personas posean un bien indiviso podrá cada una de ellas ejercer actos posesorios sobre el bien común, con tal que no excluya los actos posesorios de los otros poseedores.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.