El artículo 1105 del Código Civil Federal establece un derecho para los propietarios de terrenos rústicos. Este derecho permite que el dueño de un predio pueda solicitar el paso de sus animales a través de terrenos vecinos. Esta solicitud debe ir acompañada de una indemnización, que es una compensación económica por el uso del terreno ajeno.
Este derecho se aplica específicamente cuando el propietario necesita llevar a sus ganados a un abrevadero, es decir, un lugar donde los animales pueden beber agua. Es importante que esta acción se realice de manera que se respete la propiedad de los vecinos y se compense adecuadamente por el uso de su terreno.
- Derecho de paso para ganados.
- Indemnización al propietario del terreno vecino.
- Uso del paso para acceder a un abrevadero.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.