El artículo 1153 del Código Civil Federal se refiere a la prescripción de los bienes muebles, es decir, aquellos que pueden ser trasladados de un lugar a otro. La prescripción es un mecanismo legal que permite adquirir la propiedad de un bien tras un cierto tiempo de posesión.
Cuando una persona posee un bien mueble de manera buena fe, pacífica y continua, puede prescribirlo en un plazo de tres años. Esto significa que, si cumple con estas condiciones, después de tres años puede reclamar la propiedad del bien. En caso de que no exista buena fe en la posesión, el plazo para la prescripción se extiende a cinco años.
- Prescripción en 3 años: buena fe, pacífica y continua.
- Prescripción en 5 años: falta de buena fe.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.