El artículo 1240 del Código Civil Federal se encuentra derogado, lo que significa que ya no tiene validez ni aplicación en el ordenamiento jurídico actual. La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía han sido eliminadas y, por lo tanto, no se pueden invocar en ningún procedimiento legal.
Es importante señalar que la derogación puede ocurrir por diversas razones, como cambios en la legislación o la necesidad de actualizar las normas para adaptarse a nuevas realidades sociales y jurídicas. En este caso, la derogación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de enero de 1948.
- El artículo 1240 ya no es aplicable.
- Fue derogado el 14 de enero de 1948.
- La derogación implica que no se puede invocar en procedimientos legales.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.