El artículo 1246 del Código Civil Federal ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez ni aplicación en el ordenamiento jurídico actual. La derogación se formalizó mediante un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de enero de 1948.
Es importante tener en cuenta que la derogación de un artículo implica que las normas que contenía ya no son consideradas por la ley, y cualquier referencia a este artículo en otros contextos legales debe ser entendida como obsoleta.
- El artículo 1246 ya no es aplicable.
- Fue derogado el 14 de enero de 1948.
- Las normas que contenía no tienen validez actual.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.