Código federal

Artículo 1281 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1281.- Herencia es la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

La herencia se refiere a la transmisión de todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona que ha fallecido. Esto significa que, al morir, una persona no solo deja sus propiedades, como casas o dinero, sino también cualquier derecho que pudiera tener, así como las deudas u obligaciones que no se extinguen con su muerte.

  • La herencia incluye bienes materiales e inmateriales.
  • Los derechos que se heredan pueden ser de diversos tipos, como derechos de autor o acciones legales.
  • Las obligaciones, como deudas, también se transmiten a los herederos.

En resumen, la herencia abarca todo lo que el difunto poseía y debía, permitiendo que sus herederos asuman tanto los activos como las responsabilidades que dejó atrás.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1281 de Código Civil Federal?

Herencia es la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte.

¿Está vigente el artículo 1281?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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