Código federal

Artículo 1288 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1288.- A la muerte del autor de la sucesión los herederos adquieren derecho a la masa hereditaria como a un patrimonio común, mientras que no se hace la división.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

Cuando una persona fallece, sus bienes y derechos forman lo que se conoce como masa hereditaria. Según el artículo 1288 del Código Civil Federal, los herederos tienen el derecho de acceder a esta masa hereditaria, que se considera un patrimonio común entre ellos. Esto significa que, hasta que no se realice la división de los bienes, todos los herederos comparten la propiedad de estos bienes de manera conjunta.

  • La masa hereditaria se forma tras la muerte del autor de la sucesión.
  • Los herederos adquieren derechos sobre los bienes como un patrimonio común.
  • No se realiza la división de los bienes hasta que se acuerde entre los herederos.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1288 de Código Civil Federal?

A la muerte del autor de la sucesión los herederos adquieren derecho a la masa hereditaria como a un patrimonio común, mientras que no se hace la división.

¿Está vigente el artículo 1288?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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