El artículo 1289 del Código Civil Federal establece que cada heredero tiene la facultad de disponer de su derecho en la masa hereditaria. Esto significa que un heredero puede vender, ceder o de alguna manera transferir su parte de la herencia a otra persona. Sin embargo, hay una limitación importante: no puede disponer de los bienes específicos que forman parte de la sucesión. Es decir, aunque un heredero puede transferir su derecho sobre la herencia, no puede tomar decisiones sobre los bienes concretos hasta que se realice la partición de la herencia.
- Cada heredero puede transferir su derecho en la herencia.
- No puede vender o disponer de los bienes específicos de la sucesión.
- La disposición de bienes se realiza después de la partición de la herencia.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.