Código federal

Artículo 1307 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1307.- Es válido el testamento hecho por un demente en un intervalo de lucidez, con tal de que al efecto se observen las prescripciones siguientes.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1307 del Código Civil Federal menciona que un testamento realizado por una persona que sufre de demencia puede ser considerado válido si se lleva a cabo en un momento en que la persona tiene claridad mental. Esto significa que, aunque la persona padezca de esta condición, si en un momento específico es capaz de entender lo que está haciendo, su testamento puede ser aceptado legalmente.

Para que este testamento sea válido, es necesario que se sigan ciertas reglas que no se especifican en este artículo, pero que son importantes para asegurar que el testamento refleje la verdadera voluntad de la persona en ese intervalo de lucidez.

  • El testamento debe hacerse durante un momento de claridad mental.
  • Es necesario cumplir con las prescripciones establecidas por la ley.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1307 de Código Civil Federal?

Es válido el testamento hecho por un demente en un intervalo de lucidez, con tal de que al efecto se observen las prescripciones siguientes.

¿Está vigente el artículo 1307?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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