Código federal

Artículo 1332 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1332.- Lo dispuesto en la primera parte del artículo anterior, no comprende a los que, desechada por el juez la excusa, hayan servido el cargo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1332 del Código Civil Federal se refiere a una situación específica en la que una persona ha sido llamada a cumplir un cargo, pero ha presentado una excusa para no hacerlo. Si el juez decide no aceptar esa excusa, la persona que había solicitado la excusa no queda exenta de cumplir con el cargo.

En resumen, este artículo aclara que:

  • Las excusas presentadas pueden ser rechazadas por el juez.
  • Si la excusa es desechada, la persona debe cumplir con el cargo asignado.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1332 de Código Civil Federal?

Lo dispuesto en la primera parte del artículo anterior, no comprende a los que, desechada por el juez la excusa, hayan servido el cargo.

¿Está vigente el artículo 1332?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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