El artículo 1405 del Código Civil Federal menciona que no es necesaria una declaración específica para ciertas mejoras realizadas en un predio. Estas mejoras pueden clasificarse en tres tipos: necesarias, útiles y voluntarias.
- Mejoras necesarias: Son aquellas que se requieren para conservar el predio en buen estado.
- Mejoras útiles: Aportan un beneficio o aumentan el valor del predio.
- Mejoras voluntarias: Se realizan por decisión del propietario, aunque no son imprescindibles.
Por lo tanto, si se llevan a cabo estas mejoras en un inmueble, no es necesario hacer una declaración formal al respecto, lo que simplifica el proceso para los propietarios.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.