El artículo 1423 del Código Civil Federal se refiere a los legados alternativos, que son aquellos en los que se establece que se puede cumplir con una de varias opciones. Este tipo de legados permite que el heredero elija entre diferentes bienes o derechos que se le pueden dejar en herencia.
Además, este artículo indica que se deben seguir las mismas reglas que se aplican a las obligaciones alternativas. Esto significa que, al igual que en las obligaciones, el heredero tiene la posibilidad de elegir entre las opciones disponibles, pero también debe cumplir con ciertas condiciones que regulan este tipo de situaciones.
- Los legados alternativos permiten elegir entre varias opciones.
- Se aplican las mismas reglas que para las obligaciones alternativas.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.