Código federal

Artículo 1431 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1431.- Cuando el testador, el heredero o el legatario sólo tengan cierta parte o derecho en la cosa legada, se restringirá el legado a esa parte o derecho, si el testador no declara de un modo expreso que sabía ser la cosa parcialmente de otro, y que no obstante esto, la legaba por entero.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

Este artículo se refiere a la situación en la que una persona, al hacer un testamento, deja un legado que no es completamente de su propiedad. Si el testador, que es quien hace el testamento, el heredero o el legatario solo tienen una parte o un derecho sobre el bien legado, el legado se limitará a esa parte o derecho. Esto ocurre a menos que el testador haya indicado claramente que estaba consciente de que el bien pertenecía en parte a otra persona y, a pesar de ello, decidió legarlo en su totalidad.

  • El legado se limita a la parte o derecho que el testador posee.
  • Se requiere una declaración expresa del testador para legar el bien completo.
  • Si no hay tal declaración, el legado no puede ser total.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1431 de Código Civil Federal?

Cuando el testador, el heredero o el legatario sólo tengan cierta parte o derecho en la cosa legada, se restringirá el legado a esa parte o derecho, si el testador no declara de un modo expreso que sabía ser la cosa…

¿Está vigente el artículo 1431?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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