El artículo 1446 del Código Civil Federal se refiere a la relación entre un legado y un crédito. Un legado es una disposición que hace una persona en su testamento, donde deja bienes a otra persona. En este caso, si el legado se otorga a un acreedor, es decir, a alguien a quien se le debe dinero, no se considera que este legado compense automáticamente la deuda que tiene el testador con el acreedor. Esto significa que, a menos que el testador indique de manera clara y expresa que el legado debe ser utilizado para saldar la deuda, el acreedor no podrá restar el valor del legado de lo que se le debe.
- El legado no compensa automáticamente el crédito.
- Se requiere una declaración expresa del testador para que esto ocurra.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.