El artículo 1447 del Código Civil Federal se refiere a la compensación, que es una forma de extinguir obligaciones entre dos partes. Cuando hay una compensación, si los valores de las deudas son diferentes, el acreedor tiene derecho a cobrar la diferencia que resulte a su favor.
- La compensación se aplica cuando dos personas son deudoras y acreedoras entre sí.
- Si el valor de la deuda que el acreedor tiene que pagar es menor que la que le deben, puede cobrar la diferencia.
- Esto se aplica tanto a créditos como a legados.
En resumen, el acreedor puede exigir el monto que exceda su obligación en caso de que las deudas sean desiguales.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.