Código federal

Artículo 1482 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1482.- Se consideran fideicomisarias y, en consecuencia, prohibidas, las disposiciones que contengan prohibiciones de enajenar, o que llamen a un tercero a lo que quede de la herencia por la muerte del heredero, o el encargo de prestar a más de una persona sucesivamente cierta renta o pensión.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1482 del Código Civil Federal establece que ciertas disposiciones son consideradas fideicomisarias y, por lo tanto, están prohibidas. Estas disposiciones incluyen aquellas que impiden la enajenación de bienes, es decir, que prohíben vender o transferir propiedades. También se prohíbe cualquier disposición que invite a un tercero a reclamar lo que quede de la herencia tras la muerte del heredero.

Además, se prohíben los encargos que impliquen el pago de una renta o pensión a más de una persona de manera sucesiva. Esto significa que no se pueden establecer condiciones que generen obligaciones de pago a varias personas en un orden determinado.

  • Prohibición de enajenar bienes.
  • Prohibición de llamar a terceros para reclamar herencias.
  • Prohibición de encargos de renta o pensión a varias personas sucesivamente.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1482 de Código Civil Federal?

Se consideran fideicomisarias y, en consecuencia, prohibidas, las disposiciones que contengan prohibiciones de enajenar, o que llamen a un tercero a lo que quede de la herencia por la muerte del heredero, o el encargo…

¿Está vigente el artículo 1482?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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