Código federal

Artículo 1494 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1494.- El testamento anterior queda revocado de pleno derecho por el posterior perfecto, si el testador no expresa en éste su voluntad de que aquél subsista en todo o en parte.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1494 del Código Civil Federal se refiere a la revocación de testamentos. Indica que si una persona hace un testamento nuevo y este es considerado perfecto, el testamento anterior queda automáticamente anulado. Sin embargo, si en el nuevo testamento se menciona la intención de que el testamento anterior siga vigente, ya sea en su totalidad o en parte, entonces este último no se revoca.

  • Un testamento nuevo puede revocar uno anterior de manera automática.
  • Es necesario que el nuevo testamento sea perfecto para que ocurra la revocación.
  • El testador puede expresar su deseo de que el testamento anterior siga vigente.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1494 de Código Civil Federal?

El testamento anterior queda revocado de pleno derecho por el posterior perfecto, si el testador no expresa en éste su voluntad de que aquél subsista en todo o en parte.

¿Está vigente el artículo 1494?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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