Código federal

Artículo 1506 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1506.- En el caso del artículo que precede, no tendrá validez el testamento mientras no se justifique la identidad del testador.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1506 del Código Civil Federal señala que un testamento no será válido si no se puede comprobar la identidad de la persona que lo realiza, conocida como testador. Esto significa que, para que un testamento tenga efectos legales, es fundamental que se demuestre quién es la persona que lo firma.

  • La identidad del testador debe ser justificada.
  • Sin esta justificación, el testamento carece de validez.
  • Es un requisito esencial para la legalidad del documento.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1506 de Código Civil Federal?

El artículo 1506 del Código Civil Federal señala que un testamento no será válido si no se puede comprobar la identidad de la persona que lo realiza, conocida como testador. Esto significa que, para que un testamento tenga efectos legales, es fundamental que se demuestre quién…

¿Está vigente el artículo 1506?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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