Código federal

Artículo 1517 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1517.- Cuando el testador sea ciego o no pueda o no sepa leer, se dará lectura al testamento dos veces: una por el notario, como está prescrito en el artículo 1512, y otra, en igual forma, por uno de los testigos u otra persona que el testador designe.

Fe de erratas al artículo DOF 21-12-1928. Reformado DOF 06-01-1994

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1517 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que una persona que realiza un testamento es ciega o no puede leer. En estos casos, se establece que el testamento debe ser leído en dos ocasiones para garantizar que el testador comprenda su contenido.

La primera lectura la realiza el notario, siguiendo lo que se indica en el artículo 1512. La segunda lectura debe ser realizada por uno de los testigos o por otra persona que el testador designe. Esto asegura que el testador esté plenamente informado sobre lo que se está documentando en su testamento.

  • Se requiere lectura del testamento dos veces.
  • Primera lectura por el notario.
  • Segunda lectura por un testigo o persona designada.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1517 de Código Civil Federal?

Cuando el testador sea ciego o no pueda o no sepa leer, se dará lectura al testamento dos veces: una por el notario, como está prescrito en el artículo 1512, y otra, en igual forma, por uno de los testigos u otra…

¿Está vigente el artículo 1517?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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