Código federal

Artículo 1532 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1532.- En el caso del artículo anterior, si el testador no puede firmar la cubierta, se observará lo dispuesto en los artículos 1528 y 1529, dando fe el Notario de la elección que el testador haga de uno de los testigos para que firme por él.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1532 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que una persona que realiza un testamento, conocida como testador, no puede firmar el documento. En este caso, se deben seguir las disposiciones de los artículos 1528 y 1529, que establecen ciertos procedimientos para garantizar la validez del testamento.

Además, se menciona que el Notario tiene la responsabilidad de dar fe de la elección que haga el testador respecto a uno de los testigos, quien firmará en su lugar. Esto asegura que la voluntad del testador sea respetada y que el testamento cumpla con los requisitos legales necesarios.

  • El testador puede elegir a un testigo para que firme en su nombre.
  • El Notario debe dar fe de esta elección.
  • Se aplican las disposiciones de los artículos 1528 y 1529.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1532 de Código Civil Federal?

El artículo 1532 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que una persona que realiza un testamento, conocida como testador, no puede firmar el documento. En este caso, se deben seguir las disposiciones de los artículos 1528 y 1529, que establecen ciertos…

¿Está vigente el artículo 1532?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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