Código federal

Artículo 1538 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1538.- El testador que quiera depositar su testamento en el archivo, se presentará con él ante el encargado de esté, quién hará asentar en el libro que con ese objeto debe llevarse, una razón del depósito o entrega, que será firmada por dicho funcionario y el testador, a quien se dará copia autorizada.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1538 del Código Civil Federal se refiere al proceso que debe seguir una persona, conocida como testador, si desea depositar su testamento en un archivo. Para realizar este depósito, el testador debe presentarse ante el encargado del archivo con su testamento en mano.

Una vez allí, el encargado registrará el depósito en un libro específico destinado para este propósito. Este registro incluirá una razón del depósito o entrega del testamento. Tanto el encargado como el testador firmarán este documento, y al testador se le proporcionará una copia autorizada del mismo.

  • El testador debe presentarse con su testamento.
  • El encargado del archivo registra el depósito en un libro.
  • Se firma un documento por ambas partes.
  • El testador recibe una copia autorizada del registro.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1538 de Código Civil Federal?

El testador que quiera depositar su testamento en el archivo, se presentará con él ante el encargado de esté, quién hará asentar en el libro que con ese objeto debe llevarse, una razón del depósito o entrega, que será…

¿Está vigente el artículo 1538?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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