El artículo 1613 del Código Civil Federal ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez ni aplicación en el ordenamiento jurídico mexicano. Esta derogación fue oficializada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2013.
Es importante señalar que, antes de su derogación, este artículo había sido reformado el 28 de mayo de 1998. Sin embargo, la derogación implica que cualquier disposición que contenía ya no es considerada en la ley vigente.
- El artículo ya no es aplicable.
- La derogación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación.
- Antes de ser derogado, el artículo fue reformado en 1998.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.