Código federal

Artículo 1646 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1646.- El juez decidirá de plano todas las cuestiones relativas a alimentos, conforme a los artículos anteriores, resolviendo en caso dudoso en favor de la viuda.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1646 del Código Civil Federal se refiere a la manera en que un juez debe manejar las cuestiones relacionadas con los alimentos. En este contexto, los alimentos se entienden como el apoyo económico que una persona debe proporcionar a otra, generalmente en situaciones de necesidad, como en el caso de una separación o divorcio.

El juez tiene la responsabilidad de tomar decisiones de manera directa y sin complicaciones sobre estos temas. Además, si surge alguna duda sobre cómo resolver un caso específico, el juez deberá optar por la solución que más beneficie a la viuda, priorizando su bienestar en situaciones inciertas.

  • Las decisiones sobre alimentos son tomadas de manera directa por el juez.
  • En caso de duda, se favorece a la viuda.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1646 de Código Civil Federal?

El artículo 1646 del Código Civil Federal se refiere a la manera en que un juez debe manejar las cuestiones relacionadas con los alimentos. En este contexto, los alimentos se entienden como el apoyo económico que una persona debe proporcionar a otra, generalmente en situaciones…

¿Está vigente el artículo 1646?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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