Código federal

Artículo 1697 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1697.- El albacea que presente excusas, deberá hacerlo dentro de los seis días siguientes a aquel en que tuvo noticia de su nombramiento; o si éste le era ya conocido, dentro de los seis días siguientes a aquel en que tuvo noticia de la muerte del testador. Si presenta sus excusas fuera del término señalado, responderá de los daños y perjuicios que ocasione.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1697 del Código Civil Federal se refiere al albacea, que es la persona encargada de cumplir con las disposiciones de un testamento. Si el albacea desea excusarse de su nombramiento, debe hacerlo en un plazo específico. Este plazo es de seis días, contados desde que se entera de su nombramiento o, si ya lo conocía, desde que tiene conocimiento de la muerte del testador.

Si el albacea no presenta sus excusas dentro de este plazo, será responsable por los daños y perjuicios que cause su demora. Esto implica que es importante actuar dentro del tiempo establecido para evitar consecuencias negativas.

  • El albacea tiene seis días para presentar excusas.
  • El plazo comienza al conocer su nombramiento o la muerte del testador.
  • La falta de presentación a tiempo puede generar responsabilidad por daños.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1697 de Código Civil Federal?

El albacea que presente excusas, deberá hacerlo dentro de los seis días siguientes a aquel en que tuvo noticia de su nombramiento; o si éste le era ya conocido, dentro de los seis días siguientes a aquel en que tuvo…

¿Está vigente el artículo 1697?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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