El artículo 171 del Código Civil Federal ha sido derogado, lo que significa que ya no está en vigor y no tiene efectos legales. Esta derogación se formalizó el 31 de diciembre de 1974, lo que implica que cualquier disposición que contenía este artículo ya no se aplica.
Es importante tener en cuenta que la derogación de un artículo puede ser parte de un proceso de actualización de la ley, donde se busca mejorar o modificar las normas existentes para adaptarse a nuevas realidades sociales o jurídicas.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.