Artículo 1797 de Código Civil Federal
Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1797.- La validez y el cumplimiento de los contratos no puede dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.
De la Capacidad
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.