Código federal

Artículo 1845 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1845.- Si la modificación no pudiere ser exactamente proporcional, el juez reducirá la pena de una manera equitativa, teniendo en cuenta la naturaleza y demás circunstancias de la obligación.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1845 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que una obligación no puede ser modificada de manera exacta o proporcional. En estos casos, el juez tiene la facultad de reducir la pena que se impone, pero lo hará de forma equitativa. Esto significa que tomará en cuenta la naturaleza de la obligación y las circunstancias que la rodean para determinar la reducción adecuada.

  • Si no se puede modificar la obligación proporcionalmente, se puede reducir la pena.
  • La reducción de la pena debe ser equitativa.
  • El juez considera la naturaleza de la obligación y sus circunstancias.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1845 de Código Civil Federal?

Si la modificación no pudiere ser exactamente proporcional, el juez reducirá la pena de una manera equitativa, teniendo en cuenta la naturaleza y demás circunstancias de la obligación.

¿Está vigente el artículo 1845?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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