Código federal

Artículo 1858 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1858.- Los contratos que no están especialmente reglamentados en esté Código, se regirán por las reglas generales de los contratos; por las estipulaciones de las partes, y en lo que fueron omisas, por las disposiciones del contrato con el que tengan más analogía, de los reglamentados en este ordenamiento.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1858 del Código Civil Federal establece que los contratos que no tienen una regulación específica en este Código se regirán por ciertas normas. En primer lugar, se aplicarán las reglas generales que rigen los contratos. Además, se tomarán en cuenta las estipulaciones acordadas por las partes involucradas en el contrato.

Si hay aspectos que no han sido tratados por las partes, se buscará aplicar las disposiciones de un contrato que sea similar al que se está analizando. Esto asegura que, aunque un contrato no esté específicamente regulado, haya un marco de referencia para su interpretación y cumplimiento.

  • Se aplican reglas generales de contratos.
  • Se consideran las estipulaciones de las partes.
  • Se busca un contrato similar para llenar omisiones.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1858 de Código Civil Federal?

Los contratos que no están especialmente reglamentados en esté Código, se regirán por las reglas generales de los contratos; por las estipulaciones de las partes, y en lo que fueron omisas, por las disposiciones del…

¿Está vigente el artículo 1858?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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