Artículo 1859 de Código Civil Federal
Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1859.- Las disposiciones legales sobre contratos serán aplicables a todos los convenios y a otros actos jurídicos, en lo que no se opongan a la naturaleza de éstos o a disposiciones especiales de la ley sobre los mismos.
CAPITULO II De la Declaración Unilateral de la Voluntad
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.