La sociedad conyugal es el régimen que regula los bienes y derechos de los esposos durante el matrimonio. Según el artículo 187 del Código Civil Federal, esta sociedad puede finalizar antes de que el matrimonio se disuelva, siempre y cuando ambos esposos estén de acuerdo en ello.
Esto significa que los cónyuges tienen la facultad de decidir terminar la sociedad conyugal sin necesidad de esperar a que se lleve a cabo un divorcio. Es importante que esta decisión sea consensuada entre ambos para que tenga validez.
- La sociedad conyugal puede terminar antes del divorcio.
- Ambos esposos deben estar de acuerdo para que la terminación sea válida.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.