Código federal

Artículo 1905 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1905.- El gestor que se encargue de un asunto contra la expresa voluntad del dueño, si éste se aprovecha del beneficio de la gestión, tiene obligación de pagar a aquél el importe de los gastos hasta donde alcancen los beneficios, a no ser que la gestión hubiere tenido por objeto librar al dueño de un deber impuesto en interés público, en cuyo caso debe pagar todos los gastos necesarios hechos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1905 del Código Civil Federal se refiere a la figura del gestor, que es la persona que se encarga de manejar un asunto en nombre de otra, sin que esta lo haya solicitado. Si el dueño del asunto se beneficia de lo que hizo el gestor, debe compensarlo por los gastos que este incurrió, pero solo hasta el límite de los beneficios obtenidos.

Sin embargo, hay una excepción: si la gestión se realizó para liberar al dueño de una obligación que le fue impuesta por el interés público, entonces el dueño debe cubrir todos los gastos necesarios que el gestor haya realizado.

  • El gestor actúa sin la solicitud del dueño.
  • El dueño debe pagar los gastos si se beneficia de la gestión.
  • La compensación se limita a los beneficios obtenidos.
  • Si la gestión es por interés público, se cubren todos los gastos.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1905 de Código Civil Federal?

El gestor que se encargue de un asunto contra la expresa voluntad del dueño, si éste se aprovecha del beneficio de la gestión, tiene obligación de pagar a aquél el importe de los gastos hasta donde alcancen los…

¿Está vigente el artículo 1905?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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