Artículo 1918 de Código Civil Federal
Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1918.- Las personas morales son responsables de los daños y perjuicios que causen sus representantes legales en el ejercicio de sus funciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.