El artículo 192 del Código Civil Federal establece que cualquier acuerdo entre cónyuges que implique la entrega de una parte de sus bienes se considerará una donación. Esto significa que si uno de los cónyuges decide ceder parte de sus bienes al otro, este acto no solo es un pacto, sino que se clasifica legalmente como una donación.
Además, esta donación debe cumplir con las disposiciones que se encuentran en el capítulo VIII del mismo Título, que regula las donaciones en general. Es importante tener en cuenta que este artículo busca proteger los derechos de ambos cónyuges en el manejo de sus bienes.
- Los pactos entre cónyuges sobre bienes son considerados donaciones.
- Las donaciones deben seguir lo establecido en el capítulo VIII del Título correspondiente.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.