Código federal

Artículo 1927 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1927.- (Se deroga).

Artículo reformado DOF 10-01-1994. Derogado DOF 31-12-2004

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1927 del Código Civil Federal ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez ni aplicación en la legislación actual. Esta derogación se formalizó en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2004.

Antes de su derogación, este artículo había sido reformado el 10 de enero de 1994. La derogación implica que cualquier disposición que contenía ha dejado de existir y, por lo tanto, no se puede invocar en situaciones legales.

  • El artículo ya no es parte de la ley vigente.
  • La derogación se publicó oficialmente en 2004.
  • Antes de ser derogado, sufrió una reforma en 1994.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1927 de Código Civil Federal?

(Se deroga). Artículo reformado DOF 10-01-1994. Derogado DOF 31-12-2004

¿Está vigente el artículo 1927?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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