Código federal

Artículo 1935 de Código Civil Federal

Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1935.- Los patrones son responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores sufridas con motivo o en el ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten; por tanto, los patrones deben pagar la indemnización correspondiente, según que hayan traído como consecuencia la muerte o simplemente la incapacidad temporal o permanente para trabajar. Esta responsabilidad subsistirá aun en el caso de que el patrón contrate el trabajo por intermediario.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1935 del Código Civil Federal establece que los patrones tienen la responsabilidad de los accidentes laborales y de las enfermedades profesionales que sufran sus trabajadores mientras realizan su trabajo. Esto significa que, si un trabajador sufre un accidente o una enfermedad relacionada con su labor, el patrón debe pagar una indemnización.

La indemnización varía dependiendo de las consecuencias del accidente o enfermedad, ya sea la muerte del trabajador o una incapacidad temporal o permanente para trabajar. Además, esta responsabilidad se mantiene incluso si el patrón ha contratado al trabajador a través de un intermediario.

  • Los patrones son responsables de accidentes y enfermedades laborales.
  • Debido a estos eventos, deben pagar indemnización.
  • La indemnización depende de si hay muerte o incapacidad.
  • La responsabilidad persiste si se usa un intermediario para contratar.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1935 de Código Civil Federal?

Los patrones son responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores sufridas con motivo o en el ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten; por tanto, los patrones…

¿Está vigente el artículo 1935?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 17-01-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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