Artículo 1937 de Código Civil Federal
Código Civil Federal · Última reforma de referencia: 17-01-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1937.- El patrón no responderá de los accidentes del trabajo, cuando el trabajador voluntariamente (no por imprudencia) los haya producido.
TITULO SEGUNDO Modalidades de las Obligaciones CAPITULO I De las Obligaciones Condicionales
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.