El artículo 1965 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que un deudor tiene varias opciones de cumplimiento de una obligación, pero solo una de esas opciones es posible de realizar. En este caso, el deudor pierde el derecho de elegir entre las diferentes prestaciones que podría cumplir.
Esto significa que si hay varias alternativas y solo una es viable, el deudor debe cumplir con esa única opción realizable. No se le permite decidir entre varias alternativas, ya que la elección se limita a lo que realmente se puede llevar a cabo.
- El deudor tiene varias opciones de cumplimiento.
- Solo una opción es realizable.
- Se pierde el derecho de elección.
- El deudor debe cumplir con la opción viable.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.