El artículo 1984 del Código Civil Federal se refiere a la situación en la que hay más de un deudor o más de un acreedor involucrado en una misma obligación. Este concepto se conoce como mancomunidad.
La mancomunidad implica que todos los deudores son responsables de cumplir con la obligación, pero también que todos los acreedores tienen derecho a exigir el cumplimiento. Esto significa que cada deudor puede ser requerido por el total de la deuda, y cada acreedor puede recibir el pago de la obligación en su totalidad.
- Pluralidad de deudores o acreedores.
- Obligación compartida entre ellos.
- Responsabilidad conjunta en el cumplimiento.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.